Nota de Credito
Martes, 19 Agosto 
Son títulos por medio de los cuales la Dirección General de Rentas reconoce que el pago de un impuesto se ha realizado indebidamente o en exceso y, por lo tanto, procede al reembolso de tal valor al contribuyente.
Estos títulos no tienen plazo de vencimiento ni devengan un interés fijo, por lo tanto su rendimiento se basa en el descuento con el cual es negociado.
